El Estado Responde por daños en cuerpo, la salud y bienes en accidentes en las vías por huecos y/o falta de señalización, alcantarillas sin tapas

Es responsable extracontractualmente, teniendo en cuenta que su responsabilidad nace de un daño producido a otra persona sin que exista una relación jurídica convenida o contrato entre el autor del daño (Estado) y el perjudicado (peatón, motociclista o conductor del vehículo siniestrado) y la falla en el servicio, es cuando el Estado en su obligación constitucional y legal, incumple u omite un deber legal, como es mantener en optimo estado, la señalización vial, la seguridad del espacio público o vías.
Si el Estado, llámese Nación, Departamento, Distrito, Municipio o entidad descentralizada de cualquier orden, sino moderniza o mantiene en buen estado las calles y carreteras, será mucha la plata que tenga que desembolsar para pagar los daños y perjuicios a conductores, peatones y motociclistas involucrados en un accidente de tránsito.
El alto Tribunal, ha reiterado que accidentes por vías en mal estado o con deficiencias en su señalización, se considera como una falla en el servicio y deberá reparar los daños antijurídicos a los afectados, además, dicha responsabilidad también recaerá si se genera un daño físico a usted o a su vehículo.
¿Qué hacer si usted sufre un accidente o muere un familiar en un accidente de tránsito con dichas fallas?
1. Tome fotos del accidente y registre pormenorizadamente, si hay huecos, falta señalización y todos los factores que hayan incidido en el accidente de tránsito. Si puede también filme la escena del hecho.
2. Consiga inmediatamente testigos, con sus nombres y apellidos, número de cedula, dirección y teléfono, que puedan dar testimonio de los hechos.
3. Solicite copia del informe de la Policía, acompañada del plano o croquis del accidente, en el cual informe todos los detalles.
4. Solicite copia a la Fiscalía Seccional del levantamiento del cadáver o a la Fiscalía Local, si hubo heridos.
5. Solicite copia del dictamen de medicina legal por fallecimiento de una persona o por lesiones físicas.
Tomado: http://www.soydebuenaventura.com/index.php? tipo=noticias&seleccion=13&ver=1&id=8064:el-estado-debe-responder-por-accidentes-en-las-vias-debido-a-fallas,-huecos-y/o-falta-de-senalizacion
tasación del daño:
Daño emergente : los daños ocasiones en el momento del accidente
El lucro cesante: lo que dejo de ganar como consecuencia del accidente
El daño de la vida en relación: perdidas en la salud, tanto física como sícologica
El daño moral directo y el que sufre la familia como consecuencia del daño
Daño emergente : los daños ocasiones en el momento del accidente
El lucro cesante: lo que dejo de ganar como consecuencia del accidente
El daño de la vida en relación: perdidas en la salud, tanto física como sícologica
El daño moral directo y el que sufre la familia como consecuencia del daño
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